19.11.17

Los extranjeros con NIE español y la futura República de Catalunya, según la Ley de transitoriedad

 Escrito original en Quora, respondiendo a:
¿Qué es probable que ocurra con los extranjeros que tenemos NIE español en Catalunya si esta se independiza?

Según el artículo 7. Nacionalidad de origen de la Ley de transitoriedad jurídica y fundacional de la república catalana, la nacionalidad catalana se obtendrá automáticamente en el caso de tener la nacionalidad española (por nacimiento o adquirida tras proceso de nacionalización) que vivan en catalunya, empadronadas antes del 31.12.2016. Para el resto de casos se prevén distintos sistemas.
Las personas extranjeras con NIE conseguirán la nacionalidad catalana, según el artículo 8. Adquisición de la nacionalidad acreditando 5 años de residencia legal continuada en Catalunya en el periodo anterior a la petición de nacionalidad. Este periodo se puede modificar según convenios que se firmen con países de origen. Por otra parte, el derecho al voto sigue siendo sólo para quienes tengan la nacionalidad (artículo 26. Derechos y deberes de las personas extranjeras).

En este sentido, la ley de transitoriedad es bastante retrógrada; imagino que porque “Convergencia” o sus marcas blancas siguen llevando la voz cantante en el proceso. Hace años que los movimientos sociales antiracistas planteábamos una nacionalidad catalana de origen para toda persona empadronada en Catalunya en el momento de proclamación de la República Catalana (empadronamiento como manera de reconocimiento más garantista y ajena a la ley de extranjería española), o como mínimo nacionalidad inmediata a toda persona con NIE igual que con NIF. La osadía en la proclamación de una república independiente, de momento, no llega al punto de considerar a las personas migrantes y extranjeras como iguales.
Cuando se cuestiona éste y otros aspectos de la Ley de transitoriedad, la respuesta habitual es que es sólo una propuesta y que durante el proceso constituyente se replantearán todos estos temas.
Así pues, en respuesta a la pregunta,
  • Es muy probable que, si Catalunya se independiza efectivamente, las personas extranjeras con NIE y residencia “legal” acreditada en Catalunya desde 2012–2013 obtengan su nacionalidad catalana tras pasar por trámites que esperemos sean menos invasivos y racistas que los actuales para temas de extranjería.
  • Es posible que, si hay una presión popular desde la izquierda blanca y desde las comunidades racializadas y migrantes, se reduzcan los requisitos, o incluso eliminen para personas con NIE, con la ayuda de fuerzas políticas menos afines a los dictados de la Ley de Extranjería española.
  • Existe la posibilidad de que, si se logra una presión realmente fuerte desde comunidades migrantes y/o racializadas con nacionalidad española, el proceso constituyente rompa con la lógica de la Europa-Fortaleza y se obtenga la nacionalidad catalana con mera comprobación de empadronamiento en Catalunya antes del 31.12.2016. Pero para esto hemos de ser muchas las personas luchando por este derecho en el proceso constituyente.
Este último caso sería, para mí, un posicionamiento claro de que la república catalana pretenda ser realmente diferente a España y a los viejos régimenes de Europa, y una manera de empezar a reconocer todo lo que les debemos, también las catalanas, a las ex colonias.
En cuanto a la validez del NIE en Catalunya hasta lograr la nacionalidad catalana (o si no se quiere solicitar ésta), según el régimen jurídico de continuidad previsto por la ley de transitoriedad parece que tendrá el mismo valor que actualmente.
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